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LA IMPORTANCIA DEL TESTAMENTO VITAL
EN EL CENTRO MÉDICO SAN MARTÍN REALIZAMOS LA GESTIÓN Y REGISTRO DE TUS VOLUNTADES SOBRE LAS ATENCIONES MEDICAS QUE DESEAS O NO DESEAS RECIBIR EN CASO DE PADECER UNA ENFERMEDAD IRREVERSIBLE O TERMINAL QUE TE HAYA LLEVADO A UN ESTADO QUE TE IMPIDA EXPRESARTE POR TI MISMO.
El respeto a la dignidad humana constituye el eje inspirador de esta norma. Preservarla y posibilitar la autonomía de la persona en el final de la vida es el objeto último de la regulación, pero para su ejercicio es necesario disponer de la información necesaria para resolver las múltiples cuestiones que se pueden plantear en este sentido.
¿QUE ES EL DOCUMENTO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS?
Es aquel documento en el que una persona manifiesta de forma anticipada los deseos o instrucciones que, sobre las actuaciones médicas, se deberán tener en cuenta en caso de encontrarse en una situación en la que las circunstancias no le permitieran expresar libremente su voluntad. Este documento sirve para que tales deseos sean respetados y cumplidos por el médico o el equipo sanitario que intervienen cuando la persona que ha otorgado el documento se encuentre imposibilitada de manifestar su voluntad por deterioro físico o psíquico.
La creación del Registro en el que las personas, voluntariamente, puedan inscribir el otorgamiento, la modificación, la sustitución y la revocación de los documentos de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad, se ha regulado por el Decreto 270/2003 de 4 de noviembre, publicado en el BOPV el 28 del mismo mes.
El Registro, adscrito al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco, funcionará con arreglo a los principios de confidencialidad de los documentos registrados y de interconexión con otros Registros de este tipo ya existentes, destinado exclusivamente al efectivo cumplimiento de las voluntades anticipadas de las personas otorgantes y a la atención individualizada.